Leyes sobre la restitución – Éxodo 21:26‭ a 22:15

Meditación sobre Éxodo 21:26‭-‬36 a 22: 1-15 por el A.I. José Antonio Velázquez
Iglesia Nacional Presbiteriana Berith
Cd. de México

Lectura Éxodo 21:26 a 22:15

26 Si alguno hiriere el ojo de su siervo, o el ojo de su sierva, y lo dañare, le dará libertad por razón de su ojo. 27 Y si hiciere saltar un diente de su siervo, o un diente de su sierva, por su diente le dejará ir libre.

28 Si un buey acorneare a hombre o a mujer, y a causa de ello muriere, el buey será apedreado, y no será comida su carne; mas el dueño del buey será absuelto. 29 Pero si el buey fuere acorneador desde tiempo atrás, y a su dueño se le hubiere notificado, y no lo hubiere guardado, y matare a hombre o mujer, el buey será apedreado, y también morirá su dueño. 30 Si le fuere impuesto precio de rescate, entonces dará por el rescate de su persona cuanto le fuere impuesto. 31 Haya acorneado a hijo, o haya acorneado a hija, conforme a este juicio se hará con él. 32 Si el buey acorneare a un siervo o a una sierva, pagará su dueño treinta siclos de plata, y el buey será apedreado.

33 Y si alguno abriere un pozo, o cavare cisterna, y no la cubriere, y cayere allí buey o asno, 34 el dueño de la cisterna pagará el daño, resarciendo a su dueño, y lo que fue muerto será suyo.

35 Y si el buey de alguno hiriere al buey de su prójimo de modo que muriere, entonces venderán el buey vivo y partirán el dinero de él, y también partirán el buey muerto. 36 Mas si era notorio que el buey era acorneador desde tiempo atrás, y su dueño no lo hubiere guardado, pagará buey por buey, y el buey muerto será suyo.

Cap 22

Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.

Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte. Pero si fuere de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto. Si fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble.

Si alguno hiciere pastar en campo o viña, y metiere su bestia en campo de otro, de lo mejor de su campo y de lo mejor de su viña pagará.

Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.

Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble. Si el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo.

En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.

10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y este muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie; 11 juramento de Jehová habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará. 12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño. 13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado.

14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla. 15 Si el dueño estaba presente no la pagará. Si era alquilada, reciba el dueño el alquiler.

Comentario

A medida que vamos avanzando podemos observar que Dios en sus leyes manifiesta no tan solo el cómo debe convivir un pueblo, una nación. Pues recordemos que antes, no hace mucho tiempo atrás, eran solo pequeñas tribus, que lo único que los unía era la sangre, su árbol genealógico. Hoy son un pueblo, el Pueblo de Dios, y el Señor a través de sus leyes  manifiesta todo lo que le desagrada que hagamos, por tanto señala lo que es pecado, la desobediencia a Dios.

En esta porción de la Biblia como su título lo indica, se indica la manera en que se deberá de pagar alguna falta de tipo económico cuando en el diario vivir acontezcan  éstas,  meditemos en ellas de acuerdo a la época y los valores materiales, vemos como el Señor los va a proteger del pecado y como se deberán de pagar estas faltas.

Dios cuida todos los detalles y señala ias normas necesarias para que la convivencia en el pueblo sea cordial, para que haya justicia para todos y de esa manera evitar rencillas y enfados que podrían generar ropturas en un pueblo que está en sus inicios de consolidación. Se establecen los acuerdos para ser buenos vecinos y que todos tengan la seguridad de que no quedarán desprovistos ante situaciones adversas. Vemos cómo Dios una vez más está protegiendo a sus elegidos aún de ellos mismos y no solo de los bienes materiales sino también de que cometan pecado, grande es la sabiduría y el amor del Señor que no descuida ningún aspecto y como ya lo habíamos mencionado vela no solamente por los aspectos religiosos, los que tienen que ver con la relación directa entre Él y su pueblo, sino también económicos, sociales y legislativos.

Podriamos señalar que para el criterio de algunos, si no es que de muchos,  las sanciones a sus ojos les parecerán injustas, o permicibles, o tal vez exageradas,  pero entendemos que nuestro criterio humano será conforme a nuestra conveniencia e intereses y no un criterio Santo como el de Dios, sigamos conociendo los estatutos de Dios y si el castigo no nos parece el adecuado, NO INFRINJAMOS LA LEY DE DIOS.

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